AYUDAS PARA IMPLANTAR LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL, LA IGUALDAD

LA CONSELLERÍA DE EMPREGO E IGUALDADE ACABA DE ABRIR EL PLAZO DE SOLICITUD DE AYUDAS PARA IMPLANTAR LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL, LA IGUALDAD Y LA CONCILIACIÓN LABORAL Y PERSONAL.

 

La orden recoge tres líneas de ayudas:

 

• Línea I: Se subvenciona la elaboración y la implantación de planes de igualdad, la elaboración de la diagnosis previa y los costes derivados de la primera fase de implantación de las medidas prioritarias. La cuantía de la ayuda será el 80% de los costes y varían entre  los 1.500 y los 10.000 € en función de las actuaciones a realizar. También se subvenciona la contratación de un técnico de igualdad para la ejecución de estos trabajos con hasta 12.000 € si se realiza contrato por un año a jornada completa.

 

• Línea II: Se divide en tres sublíneas relacionadas con la conciliación laboral, familiar y personal. La primera de ellas incentiva la adopción de acuerdos laborales de teletrabajo con una ayuda de 2.000 € por trabajador y hasta un límite de 9.000 € por empresa. La segunda sublínea incentiva la adopción de acuerdos laborales de flexibilidad horaria con hasta 11.000 € de subvención. La última de ellas se refiere a  la adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo con un límite de 1.500 € por trabajador/a y un máximo de 22.000 € por empresa.

 

• Línea III: Subvención de la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de RSE. La cuantía de la ayuda será el 80% de los costes que incluya el proceso con un máximo de 2.000 euros por empresa o grupo de empresas. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes: empresa  familiarmente responsable- EFR (conciliación), certificación de implantación de planes de igualdad, Global  Reporting  Initiative ( GRI);  United  Nations  Globlal  Compact (Pacto Mundial); ISO 19600,  SGE 21, Global  Accountability 1000 ( AA 1000);  EMAS, ISO 14000,  ISO 45001; SA 8000,  IQNet  SR10,  BEQUAL (discapacidad), certificación empresa saludable o sello horarios racionales (SHR).

 

REQUISITOS PARA SOLICITAR LAS AYUDAS.

 

Las empresas solicitantes podrán ser pymes, micro pymes o personas autónomas, que tengan suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena y que cuenten con un domicilio social y centro de trabajo en Galicia. Estas empresas deberán estar válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud y deberán contar con un mínimo de 6 personas trabajadoras (en caso de la línea I este mínimo se eleva a 15 personas trabajadoras y no podrán superar un máximo de 100 empleados).

 

A efectos de estas ayudas tienen consideración de pymes aquellas empresas con menos de 250 personas, cuyo volumen de negocio anual no excede los 50 millones de euros o su balance general no sobrepasa los 43 millones de euros. Para determinar el número de trabajadores en la empresa, se tendrá en cuenta el número de personas trabajadoras por cuenta ajena en el momento de la presentación de la solicitud. En el caso de grupos de empresas o empresas vinculadas, solo podrá presentar la solicitud una única empresa y solo se tramitará aquella que tenga el primer número de entrada en el registro. No podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro ni las entidades públicas.

 

Será necesario que las empresas solicitantes tenga una tasa de estabilidad de al menos el 50% desde el 1 de enero de 2021 y durante todo el período de ejecución de las ayudas. No se concederán ayudas a las empresas que fueron beneficiarias de estas ayudas, por los mismos conceptos, en convocatorias anteriores.

 

Plazo y presentación de solicitudes: Las solicitudes pueden presentarse hasta el 10 de junio. 

 

Desde KAEME CONSULTORÍA ofrecemos a las empresas clientes los servicios de Asesoría Técnica necesarios para solicitar esta subvención, así como realizar los trámites de la justificación si ésta es aprobada.

Web: https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210510/AnuncioG0599-280421-0001_gl.html