Las empresas con más de 50 trabajadores estarán obligadas a implantar un plan de igualdad en la empresa

El 1 de marzo se aprobó el Real Decreto-Ley 6/2019 de “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”, que ha introducido modificaciones en la Ley de Igualdad, que afectan a la obligación de la negociación de planes de igualdad en las empresas y que entrarán en vigor de forma progresiva. El BOE del 14 de octubre de 2020 publicó el Real Decreto, 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan las formalidades para la elaboración de los planes de igualdad y su registro y que entró en vigor el 14 de Enero de este año.


Con esta nueva regulación, se reduce de 250 a 50 el número necesario de personas en la plantilla de una empresa para que sea obligatoria la negociación de un plan de igualdad. Recordemos que, anteriormente, solo era obligatorio negociarlo en empresas de más de 250 personas en plantilla.

Esta novedad se irá integrando de forma progresiva:

-   A partir del 7 de marzo de 2020, deberán tenerlo todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.

-   A partir del 7 de marzo de 2021, deberán tenerlo todas las empresas con más de 100 y hasta 150 personas en plantilla.

-   A partir del 7 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas de entre 50 a 100 personas en plantilla.

El no cumplimiento de esta obligación supondrá una sanción grave para la empresa, según la nueva redacción del art.7.7 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

Desde el departamento técnico de Kaeme Consultoría nos ponemos a vuestra disposición para poder implantar dicha medida en la empresa. Cualquier duda o si desean que les pasemos presupuesto no duden en ponerse en contacto con nosotros al correo electrónico info@kaemeconsultoria.es o llamarnos al 986 507 417.