Descripción del servicio
El 25 de mayo de 2016 entró en vigor el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos o “RGPD”). Sustituye a la antigua Directiva de protección de datos, que tenía un carácter de mínimos, y permitía a los estados decidir de qué manera cumplir con sus objetivos. El RGPD establece el régimen de protección de datos aplicable a todos los estados de la Unión Europea de manera directa. Sin embargo, otorga un periodo de dos años para que quienes traten datos personales de personas físicas y las agencias de protección de datos se adapten al nuevo sistema, por lo que es de aplicación a partir del 25 de mayo de 2018.
¿Qué supone esta nueva ley? Cerrar el círculo de esa nueva era en la regulación de los datos, derogando absolutamente toda la normativa anterior.
El Reglamento General de Protección de Datos, como reglamento, tendrá un alcance general. Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro, como si de una ley nacional se tratara. Así, será directamente aplicable por los Tribunales nacionales y por la Agencia Española de Protección de Datos (“AEPD”) a las empresas y demás sujetos afectados.
Los servicios que ofrecemos actualmente en relación con la protección de datos son:
- Adaptación/adecuación de las empresas al Reglamento General de Protección de Datos (R.G.P.D.) - Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
- Auditorias y mantenimientos de las empresas conforme la normativa actual.